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today3 de septiembre de 2026
La Paz, 2 de septiembre de 2026.– Con el objetivo fundamental de brindar liquidez, promover la sostenibilidad de las empresas y facilitar el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales, Impuestos Nacionales aprobó la Resolución Normativa de Directorio (RND) 102600000033, que amplía de 30 a 60 meses el plazo máximo para acogerse a planes de Facilidades de Pago de deudas tributarias.
Esta medida reglamenta de forma oportuna el Decreto Supremo 5687, de 31 de agosto de 2026, que amplió el plazo de las Facilidades de Pago de un anterior Decreto N° 27310 (Reglamento del Código Tributario Boliviano), que mantenía el plazo en 30 meses
Con la modificación, los contribuyentes que mantengan deudas tributarias pendientes o deseen regularizar sus obligaciones fiscales podrán solicitar cuotas mensuales distribuidas en un periodo de hasta cinco años (60 meses).
Al duplicarse el plazo disponible, la cuota mensual se reduce significativamente, lo que representa una importante inyección de oxígeno financiero y resguardo del capital de trabajo para pequeñas, medianas y grandes empresas de los distintos sectores productivos.
De acuerdo con el Artículo 55 del Código Tributario Boliviano (Ley N° 2492), las facilidades de pago pueden ser concedidas por la Administración Tributaria, a solicitud expresa del sujeto pasivo, en cualquier momento, incluso si la deuda se encuentra en etapa de ejecución tributaria.
El nuevo cómputo del plazo de hasta 60 cuotas mensuales regirá a partir del primer día hábil del mes siguiente a la fecha de notificación de la Resolución Administrativa que autorice la facilidad de pago solicitada por el contribuyente.
Con esta disposición, Impuestos Nacionales ratifica su compromiso de orientar sus nnormativas hacia un enfoque proactivo de acompañamiento al contribuyente, impulsando instrumentos técnicos que garanticen certidumbre jurídica, eviten medidas coercitivas severas y dinamicen la economía nacional.
Escrito por Eduardo Hochmann
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